Para hacer su diligencia de peritaje y entrega de vehículo:
Procedimiento para seguir tras un accidente de tránsito con victimas lesionadas o fallecidas una vez el o los vehículos involucrados, hayan sido trasladados al patio transitorio de la Fiscalía ubicado en la Calle 63 # 94-93
- El conductor, propietario, tenedor o poseedor del vehículo deberá solicitar el peritaje del vehículo en el patio transitorio de la Fiscalía (domingo a domingo 6:30 A.M.)
- Para la fecha de peritaje se debe presentar con:
- Orden del peritaje
- Documento de identificación
- Licencia de tránsito o llamada carta de propiedad del vehículo
- Croquis del accidente, Formato número único de noticia criminal, IPAT (informe policial de accidente de tránsito)
- Llaves del vehículo
- Papel carbón
- Papel Contac o papel vinilo transparente (para la toma de improntas)
NOTA: Si por las circunstancias propias del accidente no le fue entregada la orden del peritaje o el croquis, puede solicitarlos en la estación de tránsito ubicada en la calle 36 # 11-62 en el horario 02:30 pm y 05:00 pm.
- Practicado el informe de peritaje, el usuario podrá solicitar la entrega provisional del vehículo ante el Fiscal correspondiente en la URI que corresponda. Si se trata de vehículos de servicio público colectivo, podrán ser entregados a título de depósito provisional al representante legal de la empresa a la cual se encuentre afiliado. Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
EL RESULTADO DEL PERITAJE ES ENVIADO DIRECTAMENTE A LA URI CORRESPONDIENTE Y USTED DEBERÁ SOLICITAR LA ENTREGA EN LA URI, EL DÍA SIGUIENTE DE REALIZADO EL PERITAJE.
Para solicitar la entrega, en el despacho del fiscal se debe presentar:
- Carta de solicitud de entrega del vehículo
- Fotocopia cédula de ciudadanía. Si la persona no es propietaria del vehículo debe llevar autorización del propietario del vehículo autenticada en notaria
- Fotocopia de los documentos del vehículo (si es de servicio público además fotocopia del seguro contractual, extracontractual y tarjeta de operación)
* Si el vehículo está a nombre de una empresa o persona jurídica se debe anexar copia de cámara y comercio, RUT y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la empresa.
* * Certificado de tradición y libertad del vehículo de acuerdo con la exigencia del fiscal.
ES IMPORTANTE QUE VERIFIQUE MUY BIEN LOS DATOS DEL PROPIETARIO Y DEL VEHÍCULO, CONSIGNADOS EN EL DOCUMENTO DE ENTREGA DEL VEHÍCULO QUE REALIZA EN FISCAL.
- Con la orden de salida provisional dirigirse al patio transitorio de la Fiscalía ubicado en la Calle 63 # 94-93 horario de atención lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:30 p.m. y sábados 9:00 a.m. a 11:30 a.m. donde deberá presentar:
- Oficio original de entrega del vehículo que entrega la fiscalía
- Fotocopia de los documentos del vehículo
- Fotocopia cédula de ciudadanía del propietario o apoderado según oficio de la fiscalía
IMPORTANTE: En caso de que su vehículo no sea retirado del patio transitorio en Bogotá, el vehículo serás trasladado al patio de la fiscalía en Tenjo
- Si el vehículo está en el patio de Tenjo, debe enviar solicitud de atención al correo electrónico juliany.escobar@fiscalia.gov.co, anexando oficio emitido por el fiscal con la autorización de salida y los documentos que acrediten la propiedad del vehículo.
IMPORTANTE EN CASOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO CON MUERTOS O HERIDOS EL SERVICIO DE GRÚA NO TIENE COSTO Y EL SERVICIO DE PATIO NO TIENE COSTO SIEMPRE Y CUANDO EL VEHÍCULO SE ENCUENTRE AL INTERIOR DEL PATIO DE LA FISCALÍA. NO ENTREGUE DINERO A NINGÚN FUNCIONARIO POR ESTE CONCEPTO.
INFORMACIÓN IMPORTANTE RELACIONADA CON EL SINIESTRO QUE DEBE TENER EN CUENTA
- Recaudado el material probatorio, que incluye evidencias físicas, testimonios, entre otros que permitan identificar a los responsables del siniestro vial; el fiscal, procederá a la citación para adelantar la audiencia preliminar con fundamento a la potestad que se le concede mediante el Art. 200 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
- En la primera audiencia se dará apertura formal al proceso penal, donde se solicitarán las medidas cautelares sobre los bienes del presunto responsable del delito, lo puede hacer la Fiscalía como ente encargado de la acción penal, como también, lo puede solicitar el apoderado de la víctima para garantizar posibles daños y proteger el derecho a la indemnización de perjuicios causados con el delito. Art. 86 y Art. 92 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
- Para iniciar el trámite de reparación, debe estar en firme la sentencia condenatoria y se debe solicitar dentro de los 30 días siguientes de haberse emitido el fallo de responsabilidad penal. Art. 103 y 106 de la Ley 906 de 2004 –CPP- Recuerde que en ASISCHOQUE contamos con abogados especializados que lo pueden acompañar desde el momento del accidente y durante todas las etapas del proceso. Nuestra oficina se encuentra ubicada en la ciudad de Bogotá y prestamos el servicio de abogados a nivel nacional. Contáctenos a través de la línea WhatsApp https://onx.la/b6d49 y allí podrá obtener información personalizada.
- En la audiencia de imputación o con posterioridad a ella, a petición del fiscal o de las víctimas el juez podrá decretar sobre bienes del imputado o del acusado las medidas cautelares necesarias para proteger el derecho a la indemnización de los perjuicios causados con ocasión del accidente de tránsito. Dentro de las medidas que ordena el juez de garantías se encuentra la prohibición expresa comercializar el vehículo dentro de los 6 meses siguientes, a menos que presente las garantías para resarcir los daños ocasionados a la víctima(s) y estas sean aceptados por el juez a cargo del proceso. El embargo y secuestro deberán garantizar el pago de los perjuicios que se hubieren ocasionado. Art. 92 y 97 de la Ley 906 de 2004 –CPP
- La entrega de forma provisional de vehículo conlleva a que éste no puede ser enajenado hasta tanto se termine el proceso o se garantice el pago de los daños y perjuicios ocasionado a la víctima (s), esto en garantía del derecho de verdad, justicia y reparación que regula el proceso penal según lo dispuesto en el Art. 100 de la Ley 599 de 2000 -CP- y Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
- La entrega definitiva del vehículo solo procederá cuando se garantice el pago de los perjuicios causados a las víctimas involucradas en el accidente o se hayan embargado bienes del sindicado en cuantía suficiente para atender al pago de aquellos, o hayan transcurrido diez y ocho (18) meses desde la realización de la conducta, sin que se haya producido la afectación del bien. Tampoco se puede realizar ningún negocio jurídico con el vehículo implicado 6 meses después de la imputación. Art. 100 de la Ley 599 de 2000 -CP- Art. 97 y Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
- Los gastos de parqueo generados por la inmovilización del vehículo en los patios transitorios de la Fiscalía deben ser sufragados directamente por la autoridad judicial, levantada la medida provisional y autorizada la entrega del vehículo al propietario, cesa la obligación de la Fiscalía o de los jueces. Si el propietario, poseedor o tenedor no lo retira habiéndose emitido la orden provisional de entrega, deberá asumir a partir de ese momento los gastos por este concepto. Sentencia T–748/03
- Las víctimas además de recibir la atención médica correspondiente, tienen derecho dentro del proceso penal por delitos culposos en accidentes de tránsito a la verdad, la justicia y la reparación, por lo cual, la Fiscalía como entidad responsable de la indagación e investigación, deberá entregar la información necesaria del proceso, así como recibir sus declaraciones en libre versión y a que se les notifique de las diligencias que se adelanten dentro de la investigación participando activamente hasta obtener la reparación de los perjuicios ocasionados. En casos de homicidios culposos los familiares adquieren los derechos anteriormente citados. Art 11 – 102 – 133 – 134 y 137 de La Ley 906 de 2004 -CPP-
Para más información tome contacto con nuestra línea de atención WhatsApp https://onx.la/b6d49 y allí uno de nuestros asesores le brindará información y lo pondrá en contacto con los profesionales especializados de acuerdo con la necesidad de su requerimiento. Recuerde que de una buena asesoría y acompañamiento dependerá el éxito de su caso. En ASISCHOQUE encontrará su experto aliado para todo lo relacionado con abogados con amplia experiencia y especializados en accidentes de tránsito.
Buenos días hace un mes tuve un accidente y me inmovilizaron mi moto el fiscal me dió la orden para retirarlo pero fui a álamos y me dijeron que estaba en tenjo, me dieron un correo para escribir y solicitar el retiro pero no he tenido respuesta necesito saber que debo hacer?
Me pasó lo mismo, que proceso hiciste me ayudas por favor?
Como hiciste alfin para retirar el vehículo de te jo me puedes decir gracias
Buen día el 23 de julio nos entregamos a patios para el peritaje de motocicleta de placas YPX96E dónde la moto había sido trasladada hacia Tenjo, los encajados del peritaje informa que después de 15 días Adrián el peritaje y cinco días más para el informe, quedaron en comunicarce con nosotros para informar del procedimiento a seguir hasta el día de hoy no hemos recibido información , agradecemos a ustedes su información y su pronta respuesta
Esperamos que la asesoría que le fue brindada telefónicamente, haya sido de utilidad.
Buenos días cómo es posible que tengo peritaje.el día 22 de octubre en álamos y me dicen de chévere que la moto fue llevada ah tenjo porque tanta desinformación con la gente
Lo sentimos, acá brindamos información y asesoría, todo lo relacionado con procedimiento es competencia de la Policía de Tránsito, Secretaría de Movilidad y autoridades. Nuestro servicio es informativo.
No es necesario.
Buenas tardes, donde puedo encontrar el formato de solicitud de entrega que se debe llevar a la fiscalía.
Gracias
Buenos días quisiera saber que debo hacer ya q hace 3 dias retiro mi moto de patio en Tenjo y le falta unas piezas como su respectiva llave
Buena tarde. Lo más conveniente es tomar contacto directamente con el personal del patio, para establecer alguna responsabilidad.
Buen día que horarios se puede retirar un vehículo en tenjo
Debe comunicarse con ellos a través de correo, anexando la documentación y ahí le asignan la cita para ese trámite
Hola, cómo me puedo comunicar directamente con los patios.
Hay dos opciones. Patio de Bogotá, se debe trasladar directamente allá y en el patio de Tenjo solicita la entrega del vehículo a través del correo juliany.escobar@fiscalia.gov.co. Es importante que anexe la solicitud de entrega y acta de entrega de la fiscalia y copia de los documentos que acrediten la propiedad del vehículo.
Mi esposo tubo un accidente de tránsito 30 de septiembre 2023 donde el queda gravemente herido y el vehículo está ami nombre .el proceso fue un poco demorado ya pasaron 40 días y Alfin pude a que me dieran salida de la moto .el cual me dirijo a los patios de Soacha mata tigres y me están cobrando una suma de dinero de 700.000$ el cual tengo entendido que no se debe pagar nada
Sentencia T-748 de 2003, confirma que es la autoridad judicial que impartió la orden de inmovilización del vehículo la encargada de asumir los gastos generados en los patios por motivo de la guarda y custodia del mismo; de igual forma, resalta que la responsabilidad le compete solo hasta cuando esté bajo su disposición, pues una vez emitida la orden de entrega al propietario, es a éste es a quien le sobreviene la responsabilidad del retiro del automotor de los patios o el pago de estos hasta que haga efectivo el retiro
El 5 de diciembre tuve un accidente en la moto con un peatón se cruzó 15 metros sobre la zebra con el semaforo peaotal en rojo y lamentablemente por cruzar así lo estrelle y lleve los papeles que piden para retirar la moto pero me dieron las cita hasta el 29 de enero
Cordial saludo. El procedimiento obedece al fijado por las autoridades. Si le dieron esa fecha, debe esperar hasta ese día. Recuerde que los trámites ni el servicio de patio tienen costo alguno.
Buen día, el carro está en los patios de Tenjo hace dos meses, ya que el proceso ha sido muy lento. Esos patios tienen costo? Gracias
Buen día. El servicio de patios es completamente gratuito. Nosotros como firma de abogados podemos acompañarlo en el proceso de peritaje y de retiro del vehículo, además de prestar el servicio de grúa al lugar de destino una vez hayan entregado el mismo. Si desea más información puede tomar contacto con nuestra línea whatsapp 3193772093.
Señores:
Un favor, hoy recibí de la Fiscalía la orden «Devolución de automotores» para retirar el vehículo de los patios Transito Álamos, para ello además de esta autorización debo llenar algún formato de autorización de entrega del vehículo? de ser así me pueden compartir el formato?
Les agradezco.
Buen día como se que documentos debo llevar para retirar un vehículo siempre es necesario llevar certificado de tradición y libertad. Si fue dolo un choque.como se si el vehículo está en Bogota o Tenjo la placa es LHT756
Buen día, en caso donde no tenga la llave del vehículo me podrían atender para hacer el peritaje, o seria mejor reprogramar la cita del perltaje
La llaves es necesaria para verificar algunos sistemas y para poder acceder al motor para la toma e improntas (en caso de automóvil u otros)
Hola tuve un accidente la moto está los patios pero estos días me robaron la billetera con la tarjeta de propiedad en ese caso. No podría sacarla ya que cuento con este documento digital
Cordial saludo. El documento es requisito obligatorio para obtener la entrega del vehículo por parte de la fiscalía.